Los comerciantes legalmente establecidos, o sea matriculados en la Cámara de Comercio, para tener derecho a ejercer su actividad, de acuerdo con las normas de cada municipio, deben tramitar los siguientes documentos:1. Copia del registro mercantil expedido por la Cámara de Comercio.2. Copia de la matricula de industria y comercio expedida por la tesorería municipal.3. Paz y salvo de la tesorería municipal por el pago de impuestos municipales.
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